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MERCANTIL INTERNACIONAL · TOLEDO

Abogado mercantil internacional en Toledo

En una operación con partes, activos o ejecución en distintos países conviene decidir desde el inicio qué documentos gobiernan la relación, qué ley se aplica y cómo se resolverá un conflicto. Revisamos esas piezas de forma coordinada y sin sustituir el asesoramiento local que pueda exigir otra jurisdicción.

Contratos mercantiles internacionales

La denominación del contrato no resuelve por sí sola sus riesgos. Revisamos las prestaciones, el territorio, la duración, la moneda, las garantías, la terminación y el mecanismo de solución de controversias.

  • Compraventa y suministro.
  • Distribución y agencia.
  • Prestación de servicios.
  • Licencias y uso de activos intangibles.
  • Acuerdos de confidencialidad.
  • Anexos técnicos y condiciones generales.

Ley aplicable y tribunal competente no son lo mismo

La elección de la ley que rige el contrato y la determinación del tribunal competente responden a reglas distintas. También deben revisarse el alcance de cada cláusula, las normas imperativas y el reconocimiento de decisiones.

En el ámbito de la Unión Europea, Roma I regula la ley aplicable a obligaciones contractuales dentro de su ámbito y Bruselas I bis aborda competencia judicial, reconocimiento y ejecución en materia civil y mercantil. Su aplicación al caso exige comprobar partes, países y materia.

Operaciones societarias transfronterizas

Coordinamos la documentación de la parte española en operaciones con sociedades de otras jurisdicciones: acuerdos, poderes, certificaciones, traducciones y requisitos registrales. Las modificaciones estructurales transfronterizas sujetas al Real Decreto-ley 5/2023 requieren estudiar la operación y las sociedades participantes.

Documentos para una primera revisión

Es útil aportar el borrador completo y una explicación breve de la operación y de los países implicados.

  • Borrador, anexos y condiciones generales.
  • Oferta, carta de intenciones o pedidos.
  • Datos de las partes y países implicados.
  • Comunicaciones relevantes de la negociación.
  • Poderes, traducciones o certificaciones disponibles.
  • Cronología y objetivo comercial de la operación.

Preguntas frecuentes

¿Elegir una ley determina también el tribunal competente?

No necesariamente. Ley aplicable y competencia judicial son cuestiones diferentes y deben revisarse de forma separada junto con cualquier cláusula de arbitraje.

¿Hace falta asesoramiento en el otro país?

Puede ser necesario cuando intervienen normas, registros, impuestos o actuaciones de otra jurisdicción. Se delimita al conocer los países y la operación.

¿Qué idioma debe prevalecer en un contrato bilingüe?

Conviene regularlo expresamente y comprobar que ambas versiones reflejan el mismo acuerdo. La solución adecuada depende de la negociación y del uso previsto del documento.

¿Puede asegurarse de antemano cómo se resolverá un conflicto internacional?

No. Depende del contrato, las partes, los hechos, las normas aplicables y el órgano que conozca de la controversia.

Fuentes oficiales y alcance

Los textos consolidados facilitan la consulta, pero la versión publicada oficialmente y las circunstancias de cada operación determinan el análisis. Esta información general no sustituye el estudio de la documentación.

Contenido revisado el .

Explícanos qué países y documentos intervienen

Indica las partes, el objetivo y la documentación disponible. Antes de aceptar el encargo comprobamos su alcance y posibles conflictos.

Envíenos su consulta

Explíquenos brevemente su caso. Le responderemos lo antes posible con una primera orientación sobre los siguientes pasos.

Entre 10 y 4.000 caracteres. No incluya documentación ni datos innecesarios.

No envíe documentación confidencial ni consultas sujetas a plazos urgentes. El envío de este formulario no implica la aceptación ni el encargo del asunto.

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