IMPUESTO DE SUCESIONES Y DONACIONES EN TOLEDO
¿Sabias qué cuando recibes un bien de forma gratuita, ya sea por mortis causa (herencia) o donación, estás obligado a pagar un impuesto? este es el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).
¿En que consiste este impuesto, que aparece regulado en la Ley 29/1987, de 18 de diciembre.
- Se trata de un impuesto regulado por cada Comunidad Autónoma, por lo que el tipo impositivo (porcentaje a pagar) es diferente en cada región.
- Es un impuesto personal y directo que los herederos o receptores de la donación deberán pagar a la Administración Pública en los primeros 6 meses.
- Es subjetivo, quiere decir, tiene en cuenta las circunstancias de la persona debe pagar y el grado de parentesco con el difunto o donante, para ello existen determinadas reducciones. Además el ISD es progresivo, cuanto mayor sea la cantidad de la herencia o donación, mayor será el porcentaje a pagar.
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