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Compliance Penal
Abogados expertos en Compliance penal en Toledo y Madrid.
La exigencia a las empresas de responsabilidad en el ámbito del derecho administrativo sancionador ha abierto la puerta a la exigencia de responsabilidad penal a las empresas.
La reforma del Código penal que se produjo en 2010 introduce la responsabilidad penal de la empresa. Nuestros abogados en Toledo y Madrid están especializados en este haría novedosa a través de cursos y conferencias, por su alta demanda y hemos conseguido realizar un buen programa de responsabilidad penal de la empresas.
La exigencia a las empresas de responsabilidad en el ámbito del derecho administrativo sancionador ha abierto la puerta a la exigencia de responsabilidad penal.
Es necesario involucrar a socios y altos directivos en la prevención de comportamientos delictivos en el seno de la empresa: lamentablemente, no hay nada como la amenaza de sanción directa a la persona jurídica, que de una manera u otra siempre acabará teniendo incidencia en el resultado económico de un ejercicio. La función del Compliance penal de una empresa, como responsable de confeccionar e implementar los Programas de Prevención de Delitos, así como ocuparse de su cumplimiento. Podrá ejercerse dicha función por personas físicas u órganos colegiados que designara la propia empresa.
Se identificaras las actividades en cuyo ámbito puedan ser cometidos los delitos.
Se establecerá un protocolo de prevención de toma y ejecución de decisiones en respecto a la comisión de delitos.
Se dispondrá también, de un modelo de gestión de los recurso para impedir la comisión de delitos.
Debe informarse la a autoridad competente de los riesgos que se producen en la empresa.
A fin de asegurar la validez del programa en un proceso penal, es fundamental la independencia de la persona o entidad que diseña el Programa de Prevención del Riesgo Penal. Se trata de una condición imprescindible para la credibilidad del mismo, puesto que un sujeto vinculado a la empresa podría encontrarse influenciado por su pertenencia a la misma y su trabajo podría no ser objetivo. En ese caso el juez podría declararlo nulo del modelo en el proceso penal y el proceso sería llevado a cabo asumiendo la empresa la total responsabilidad penal.